Judiciales

Irrisoria sentencia por caso broma pesada que terminó en lesión grave

Un tribunal de sentencia condenó a un joven por una lesión que ocasionó a su compañero de trabajo. La sentencia ínfima por el caso no coincide con el daño ocasionado.

Al Tribunal de Sentencia presidido por Federico Rojas e integrado por Víctor Medina e Inés Galarza les tocó juzgar un caso un poco atípico

Se trata de la causa «Carlos Montoya sobre lesión grave», que tiene relación con las lesiones sufridas por su compañero de trabajo como consecuencia de una broma de mal gusto.

El hecho dio origen al juicio ocurrió el 1 de marzo de 2019 en un supermercado de la capital, donde el empleado que resultó víctima se encontraba realizando la colocación de los carteles con las ofertas del día.

Para el efecto el trabajador se encontraba subido a una escalera haciendo su labor, a unos tres metros de altura. Cuando el joven empezó a descender, ese momento fue aprovechado por su compañero que decidió agarrar una escoba para molestarlo con el palo de la misma, y lo introdujo entre sus piernas.

Lejos de ser algo divertido, la supuesta broma ocasionó el desequilibrio y caída de la víctima quien terminó sobre el objeto de metal ocasionándole perforaciones en el abdomen, el recto y la vejiga.

Este tipo de bromas son normales en el trabajo

Ese día estábamos entre tres: yo, Montoya y D., quien estaba atajando la escalera. Montoya piso debajo de mí un palo de escoba de metal sin que yo medé cuenta y me resbalé, me caí y me entró. Seguro se quería hacer el chistoso ahí con el palo. No sé qué es lo que quiso hacer… Este tipo de bromas son normales en el trabajo, pero yo no jugaba con ellos, yo ya soy grande, relató la víctima en juicio.

yo me bajé, me saqué la escoba y me fui corriendo luego, no me podía aguantar más el dolor, me caí y me desmayé ahí mismo. Me traspasó mi pantalón. Luego me llevaron a IPS… Fui intervenido más de cuatro veces, primero fue en el Hospital de Trauma me trasladaron del IPS al Hospital de Trauma, comentó

La víctima retató que el costo de las operaciones tuvo que hacerse fue de aproximadamente G. 60 millones, que solventó con ayuda de la familia. Asimismo, resaltó que, a pesar de las cirugías realizadas, tiene daños permanentes.

Irrisoria condena que ni siquiera prevé reparación a la víctima.

En su argumentación el Tribunal destaca la gravedad de los daños físicos y psicológicos sufridos por la víctima como la afectación a su capacidad laboral y a su calidad de vida y todo lo que implicó su recuperación

En otra parte de sus exposición, valora la falta de intencionalidad de la acción.

Otro punto considerado por el colegiado es que Montoya pidió perdón y dijo no tener ningún rencor hacia la víctima.

Pero lo más insólito resultó ser la condena que es irrisoria pues la sanción establecida.

La sentencia establecida fue de dos años de cárcel, con suspensión a prueba de la condena a cambio del cumplimiento de las siguientes reglas de conducta durante 5 años: no cambiar su domicilio ni salir del país sin previa comunicación al Juzgado de Ejecución de Sentencia y presentarse trimestral mente ante el Juzgado a firmar el libro hablilitado al efecto

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