La Dirección Nacional de la Patrulla Caminera comunicó que nuevamente vuelve a extender la suspensión de aplicación de multas por vencimiento de documentos habilitantes para vehículos que circulan en rutas nacionales hasta el 30 de setiembre.
“A través de la disposición 1/2020 se dispone de una nueva consideración temporal para la aplicación de sanciones por vencimiento de documentaciones hasta el 30 de setiembre del 2020, conforme al Dictamen CGJ Nº 103/2020 de la Coordinación General Jurídica de esta institución”, señala el comunicado emitido esta mañana.
Dicha disposición rige desde la emisión del Decreto Nº 3.442/2020 con fecha 9 de marzo del 2020, como medidas coadyuvantes a la implementación de acciones preventivas ante el riesgo de la expansión del COVID-19.
Esto significa que todavía no se aplicarán multas por vencimiento de documentos como el registro de conducir, habilitación vehicular, habilitación de Dinatran y de la chapa provisoria. Se aclara que todas las documentaciones vencidas con anterioridad al decreto son pasibles de sanción acorde a la normativa legal vigente.