En sesión extraordinaria, la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones de manera temporal los artículos 129, 141 y 251 del Código Procesal Penal, ampliando así los plazos en los casos de medidas cautelares, de resolución ficta y de las revisiones.
“Lo que se pretende con este proyecto es evitar el colapso judicial, ante los numerosos pedidos de revisión para el otorgamiento de medidas sustitutivas a la prisión tras la modificación del artículo 245 del CPP, sancionada la semana pasada por el Congreso” argumentó la diputada Rocío Vallejo, presidenta de la Comisión Especial de Reforma Judicial
Las modificaciones establecen la vigencia de la ley hasta el 31 de enero de 2020, se modifica el Art. 129 estableciendo que el plazo para la imposición de medidas cautelares sea contado en días y horas hábiles. Igualmente se modifica el art. 141, ampliando así el plazo para la resolución ficta de 24 horas a 10 días hábiles, y el art. 251, que amplía el plazo para la audiencia de sustanciación de revisión de 48 horas a 5 días hábiles.